El gallego en las instituciones de la UE
Lenguas oficiales en la UE y uso del gallego en las instituciones y órganos comunitarios
Tras la incorporación de Croacia en 2013, la Unión Europea cuenta en la actualidad con 24 lenguas oficiales: búlgaro, croata, checo, danés, neerlandés, inglés, estonio, finés, francés, alemán, griego, húngaro, irlandés, italiano, letón, lituano, maltés, polaco, portugués, rumano, eslovaco, esloveno, español y sueco.
El régimen lingüístico de la Unión Europea está regulado por el Reglamento del Consejo 1/1958, modificado posteriormente tras la entrada de los sucesivos Estados miembros.
El estatus de lengua oficial supone, principalmente, dos derechos:
- Poder enviar documentos a las instituciones de la UE en cualquier lengua oficial y recibir respuesta en la misma lengua.
- Publicación de los reglamentos y demás textos de alcance general en todas las lenguas oficiales.
Utilización del gallego en las instituciones y órganos comunitarios
El Gobierno de España inició en 2005 un procedimiento encaminado a posibilitar la utilización de las lenguas cooficiales de las Comunidades Autónomas españolas en las instituciones y órganos comunitarios.
En fecha 13 de junio de 2005 el Consejo de Ministros de la UE adoptó un documento de Conclusiones relativo al “uso oficial de otras lenguas en el Consejo y, si es el caso, en otras instituciones y órganos de la Unión Europea”.
El contenido del Acuerdo se refiere la tres niveles:
- Publicación de los actos adoptados mediante codecisión por el Parlamento Europeo y el Consejo.
- Intervención orales en las sesiones del Consejo y de otras instituciones o órganos de la Unión.
- Comunicaciones escritas con las instituciones u órganos de la UE.
Posteriormente, en base a dicho documento, el Gobierno de España inició negociaciones con las distintas instituciones con el objeto de conseguir acuerdos administrativos específicos para la efectiva utilización por parte de los ciudadanos españoles de las lenguas cooficiales de las Comunidades Autónomas.
Como resultado de dichas negociaciones, el Reino de España firmó los siguientes acuerdos administrativos:
- Acuerdo administrativo entre el Reino de España y el Comité Europeo de las Regiones.
- Acuerdo administrativo entre el Reino de España y el Consejo de la Unión Europea.
- Acuerdo administrativo entre el Reino de España y la Comisión Europea.
- Acuerdo administrativo entre el Reino de España y el Comité Económico y Social Europeo.
- Acuerdo administrativo entre el Reino de España y el Defensor del Pueblo Europeo.
- Acuerdo administrativo entre el Reino de España y el Tribunal de Justicia Europeo.
Por lo que respeta al Parlamento Europeo, su Mesa adoptó un acuerdo en fecha 3 de julio de 2006 para posibilitar la utilización de las lenguas cooficiales españolas distintas del castellano en sus comunicaciones con los ciudadanos, sin necesidad de formalizar un acuerdo administrativo específico entre dicha institución y el Reino de España.