Funciones y competencias

La Dirección General de Relaciones Exteriores y con la Unión Europea ejercerá las competencias que le atribuye el Decreto 72/2013, de 25 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Xustiza, modificado por el Decreto 11/2015, de 5 de febrero. 

En concreto, el artigo 32, según la redacción dada en el Decreto 11/2015, de 5 de febrero (DOG núm. 27 de 10/2/2015) recoge cuales son las atribuciones de la Dirección General de Relaciones Exteriores y con la UE:

  • La ejecución de la actividad europea y de la actividad exterior de la Xunta de Galicia, sin perjuicio de las competencias sectoriales que a cada departamento le correspondan.
  • La cooperación institucional y técnica en relación con el proceso de integración europea, especialmente en aquellas materias relacionadas con las políticas regionales y sectoriales, y en las organizaciones regionales europeas no comunitarias.
  • La coordinación entre los departamentos de la Xunta de Galicia para los asuntos relacionados con la Unión Europea y con la acción y cooperación exteriores.
  • La elaboración de los planes y estrategias en el marco de la Unión Europea, de la acción exterior y de la cooperación al desarrollo, en los que se determinarán las prioridades geográficas y sectoriales de actuación de la Xunta de Galicia.
  • La representación de la Comunidad Autónoma en los órganos que existan entre la Administración general del Estado y las comunidades autónomas, sobre acción exterior y cooperación al desarrollo, sin perjuicio de las competencias de otros órganos autonómicos.
  • La promoción de las relaciones de cooperación con entidades e instituciones no estatales o subestatales extranjeras, fomentando especialmente la dimensión de género en todas ellas, sin perjuicio de las funciones de otros departamentos o centros directivos.
  • La elaboración de las propuestas de desarrollo normativo en las materias de su competencia.
  • El fomento de la imagen integral de Galicia en el exterior.
  • El seguimiento de las actuaciones de la Fundación Galicia Europa.
  • La tramitación de las notificaciones oficiales de ayudas públicas y de las correspondientes a las actuaciones inherentes a las quejas e infracciones comunitarias en las que el Ministerio de Asuntos Exteriores o la Comisión Europea requieran un único centro de notificación y de interlocución.
  • El desempeño de las tareas inherentes a su condición de organismo intermedio para la gestión de los fondos comunitarios destinados a la cooperación transfronteriza, de conformidad con lo establecido en los reglamentos comunitarios, en las disposiciones de aplicación del programa operativo y en el acuerdo que se suscriba con la autoridad de gestión.
  • La canalización de la información que se genere en el ámbito de la Unión Europea y que sea de interés para las distintas consellerías y órganos superiores de la Xunta de Galicia, para las entidades integrantes del sector público autonómico y para la sociedad gallega en general.
  • Aquellas otras que, dentro de su ámbito competencial, le sean asignadas o delegadas