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Fusión de asociaciones
La fusión de asociaciones puede producirse de dos formas:
- Mediante constitución de una nueva asociación por fusión de dos o más existentes
- Por absorción de una o varias asociaciones por otra asociación ya existente
(Ambos supuestos están regulados en los artículos 27, 59 y 60 del R.D. 949/2015, de 23 de octubre).
La solicitud de inscripción debe presentarse en el plazo de un mes desde la adopción del último acuerdo de fusión adoptado por las asociaciones afectadas.
¿Qué documentos tengo que presentar?
A) Fusión mediante constitución de una nueva asociación
- Solicitud de inscripción (modelo PR308A): formulada por una de las personas promotoras de la nueva asociación y dirigida al registro competente. En caso de que la solicitud sea formulada por otra persona, deberá acreditarse la representación por cualquier medio válido en derecho.
- Actas de las reuniones de las asambleas generales o certificado de los acuerdos de fusión adoptados por cada una de las asociaciones que se fusionan (modelo formato .docx - modelo formato .odt): expedido por la persona o cargo con facultad para la certificación de acuerdos, con el visto bueno de la presidencia. Debe constar que la fusión fue aprobada conforme a los requisitos que para la adopción de acuerdos establecen los estatutos de cada asociación.
- Acta fundacional de la nueva asociación surgida de la fusión, con el siguiente contenido:
- Denominación, núm. de inscripción y registro en el que consta inscrita cada una de las asociaciones fusionadas, así como identidad, nacionalidad, DNI y domicilio de las personas que actúan en representación de las mismas.
- La voluntad de las asociaciones de constituir una asociación por fusión, su denominación, y los pactos que en su caso estableciesen.
- La designación de las personas integrantes del órgano de representación o junta directiva.
- Lugar y fecha de otorgamiento del acta firmada por las personas promotoras.
- Estatutos de la nueva asociación (modelo formato .docx - modelo formato .odt): un ejemplar original firmado por todas las personas promotoras o fundadoras, redactado con el contenido mínimo establecido en el art. 7 de la Ley orgánica 1/2002, de 22 de marzo.
- Autorización para la comprobación de los datos de identidad de las personas promotoras de la nueva asociación (anexo II)
- Justificante del pago de la tasa (Código 30.39.01)
- ¿A qué registro tengo que dirigirme?
B) Fusión por absorción
- Solicitud de inscripción (modelo PR308A): formulada por una de las personas titulares de la junta directiva de la asociación absorbente y dirigida al registro competente. En caso de que la solicitud sea formulada por otra persona, deberá acreditarse la representación por cualquier medio válido en derecho.
- Acta o certificación de los acuerdos de las asambleas generales de las asociaciones fusionadas (modelo formato .docx - modelo formato .odt, donde consten los respectivos acuerdos de fusión y las fechas de aprobación, con indicación de que la fusión se aprobó conforme a los estatutos. Asimismo, debe constar cuál es la asociación absorbente y cuáles son absorbidas, a los efectos de conservar el número de Registro y denominación de la asociación que permanece, y formalizar la baja registral de las asociaciones absorbidas.
- Nuevos estatutos o, en su caso, certificación en la que conste que siguen vigentes los estatutos de la asociación absorbente (modelo formato .docx - modelo formato .odt).
- Autorización para la comprobación de los datos de identidad de las personas titulares de la junta directiva (anexo II)
- Justificante del pago de la tasa (Código 30.39.03)
- ¿A qué registro tengo que dirigirme?