Emergencias e Interior
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Emergencias e Interior
- Funciones y competencias
- Normativa
- Planificación y protección civil
- Seguridad y coordinación
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Espetáculos públicos
- Espectáculos públicos
- Ley de espectáculos públicos y actividades recreativas
- Fiestas y verbenas populares
- Horarios de los establecimientos abiertos al público, de los espectáculos públicos y de las actividades recreativas
- Espectáculos taurinos
- Autorización de espectáculos públicos y actividades recreativas que se desarrollen en más de un término municipal
Funciones y competencias
La Dirección General de Emergencias e Interior ejercerá las competencias que le corresponden a la Xunta de Galicia, estatutariamente o por transferencia, relativas a las materias de atención de emergencias y protección civil, interior y seguridad.
En particular, le corresponde el ejercicio de las funciones que derivan de las competencias en las siguientes materias:
- En materia de emergencias y protección civil:
- La dirección, la coordinación y la ejecución de las atribuciones que tiene asumidas la consellería en materia de atención de emergencias y de protección civil, tales como la intervención y la atención de las emergencias y el restablecimiento de los servicios esenciales para la ciudadanía afectada por una emergencia.
- La planificación de la protección civil y la prevención, la previsión y el análisis de riesgos relacionados con ella.
- La dirección del Centro de Atención de Emergencias 112 Galicia.
- La representación de la consellería en la Comisión Nacional de Protección Civil y en otros organismos de coordinación internacionales, europeos y autonómicos de protección civil.
- El ejercicio de la planificación y la coordinación de los planes y los programas de los servicios contra incendios y salvamento locales, sin perjuicio de las competencias que le puedan corresponder a la Dirección General de Administración Local.
- Las relaciones de la Administración autonómica, en materia de atención de emergencias, con las administraciones locales, con las comunidades autónomas, con la Administración General del Estado y con los Estados de la Unión Europea, siendo una relación especial a que se establece con Portugal por su cercanía y por la posibilidad que existe de tener que compartir emergencias comunes.
- El seguimiento del encargo del Consejo de Seguridad Nuclear a la Xunta de Galicia en materia de vigilancia radiológica con el ejercicio de autoridad competente para la protección de los/las trabajadores/as y de la población frente a la exposición a fuentes de radiación natural asociada a actividades laborales, en aplicación de la normativa vigente.
- En materia de seguridad e interior:
- El ejercicio de la jefatura de los servicios de seguridad bajo la superior autoridad del consejero de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia.
- La propuesta y ejecución de los planes de seguridad de la Comunidad Autónoma de Galicia así como la elaboración y propuesta de los planes y proyectos de actuación, gestión y planificación operativa de los servicios policiales adscritos a la Dirección General de Emergencias e Interior.
- La planificación, gestión y distribución de los recursos humanos y materiales destinados a la seguridad de la Comunidad Autónoma de Galicia y la propuesta o la resolución, si es el caso, de las cuestiones relativas a la selección, formación y perfeccionamiento del personal adscrito a los servicios policiales de la Xunta de Galicia.
- Las funciones de coordinación de las policías locales que le correspondan a la comunidad autónoma.
- El establecimiento de mecanismos y fórmulas de cooperación con las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado para la coordinación y realización de las competencias en materia de prevención y seguridad.
- La elaboración de cuantos informes y estudios requiera y exija el ejercicio de las competencias que le corresponden a la consellería en materia de prevención y seguridad.
- La preparación de los correspondientes estudios y anteproyectos de disposiciones generales.
- Aquellas otras que, no estando incluidas en este artículo, se le atribuyan por la normativa vigente así como las que, dentro de su ámbito competencial, le sean asignadas o delegadas.
- En materia de juego y espectáculos públicos:
- La tramitación de los expedientes administrativos en materia de casinos, juegos y apuestas cuya autorización corresponda a esta dirección general, la ejecución de las directrices que le sean indicadas en relación a los distintos sectores del juego y la preparación de los informes o estudios encaminados a la elaboración de los anteproyectos de disposiciones generales en la materia, así como para la recogida de la información estadística de las empresas correspondientes.
- La tramitación de los expedientes administrativos de pruebas deportivas, marchas ciclistas y otros eventos que se desarrollen íntegramente por vías ubicadas en el ámbito territorial de Galicia, de los relativos a la autorización de horarios especiales y, en general, todos los que sean de competencia de la dirección general en materia de espectáculos públicos, así como la realización de los informes y estudios encaminados a la elaboración de los anteproyectos de las disposiciones generales en la materia.