Acción social

Criterios de reparto del fondo de acción social para el ejercicio económico del año 2015

El Diario Oficial de Galicia publicó el lunes 15 de julio de 2015 la Resolución de 22 de abril de 2015, de la Dirección General de Justicia, por la que se da publicidad a la convocatoria y a los criterios de reparto del fondo de acción social del año 2015 para el personal al servicio de la Administración de justicia con destino en la Comunidad Autónoma de Galicia.

¿Quién puede solicitar las ayudas?

Podrán solicitar las ayudas los/as funcionarios/as de carrera e interinos de los siguientes cuerpos al servicio de la Administración de justicia: médicos forenses, gestión procesal y administrativa, tramitación procesal y administrativa y auxilio judicial. También aquellas personas que prestaran servicios como funcionarios/as interinos/as de la Administración de justicia en esta comunidad autónoma durante el período comprendido entre el final de la acción social del año pasado (día 4.5.2014) y la finalización del plazo de presentación de instancias de esta convocatoria.

Tendrán la condición de personas beneficiarias:

  • Las personas solicitantes con discapacidad física, psíquica o sensorial superior al 33%
  • Las personas solicitantes que tengan bajo su dependencia directa y legal, y viviendo a sus expensas, cónyuge, pareja de hecho, hijos/as, ascendentes de primer grado por consanguinidad o afinidad o personas tuteladas por sentencia judicial firme con discapacidad física, psíquica o sensorial superior al 33%.