Presentación del Certificado (CAP)
Obligatoriedad de la formación inicial
Es obligatorio superar la formación inicial, con carácter previo al inicio de la actividad, para todas aquellas personas que quieran desarrollar la profesión de conductor/a profesional en una empresa de transporte por carretera, ya sea de mercancías o de viajeros.
No obstante, estarán exentos de la formación inicial los/as conductores/as que sean titulares de los siguientes permisos de conducción:
- De una de las categorías D1, D1+E, D, D+E o de un permiso reconocido como equivalente, expedido antes del 11 de septiembre de 2008.
- De una de las categorías C1, C1+E, C, C+E o de un permiso reconocido como equivalente, expedido antes del 11 de septiembre de 2009.
En estos casos, no obstante, deberán superar la formación continua, de acuerdo con el calendario que se indica en su sección, a la que se puede acceder en el menú situado a la izquierda de esta página web.
Formación en un centro autorizado
La primera fase de la formación inicial consiste en la superación de un curso que se imparte y se evalúa por un centro de formación. Únicamente pueden ofrecer este servicio los centros autorizados al efecto por la Administración; en la sección correspondiente de la columna de la izquierda puede consultar los centros actualmente autorizados en Galicia.
El curso puede prestarse bajo dos modalidades: común (de 280 horas de duración) o acelerada (de 140 horas), y versará sobre las materias que al efecto establece el Real Decreto 284/2021, de 20 de abril, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera.
Requisitos para poder concurrir a las pruebas
Una vez superado el curso, las personas aspirantes deberán presentarse a un examen convocado por la Dirección General de Movilidad.
Podrán presentarse a ese examen todas las personas con independencia de su lugar de residencia y del lugar en el que hayan realizado el curso preceptivo.
Características de las pruebas
El examen de formación inicial deberá superarse en un plazo no superior a 1 año contado desde la finalización del curso, y versará sobre el contenido de las materias incluidas en el anexo I del mencionado Real Decreto 284/2021.
El examen consistirá en un examen tipo test de 100 preguntas, cada una de ellas con 4 respuestas alternativas de las cuales solo una es correcta, entendiendo por tal la más completa. No obstante, para aquellas personas que, después de superar la formación inicial, estén en posesión de un certificado CAP de mercancías o de viajeros y que pretendan obtener el de la otra modalidad, el examen constará solo de 25 preguntas.
Cada respuesta acertada se valorará con 1 punto, y cada error restará 0,5 puntos. Las preguntas que no se contesten no puntúan positiva ni negativamente.
Para aprobar el examen será preciso obtener una puntuación no inferior a la mitad del total de puntos posibles.
El tiempo del que dispondrán las personas aspirantes para realizar la prueba será de 2 horas.
Convocatoria e inscripción
Anualmente, la Dirección General de Movilidad publica en el Diario Oficial de Galicia la resolución de convocatoria con el calendario de las pruebas. Como mínimo, se celebran seis exámenes anuales.
La resolución de convocatoria determina también los plazos dentro de los cuales debe hacerse la inscripción. Deberá presentarse una solicitud ajustada al modelo normalizado que para tal fin se publica como anexo de la resolución. Asimismo, deberá aportarse el justificante de pago de las tasas (por el importe que también se señala en la convocatoria) y una fotocopia del DNI, en caso de que no se autorice su consulta telemática.
De resultar excluida o no admitida para realizar las pruebas, la persona aspirante podrá solicitar la devolución de la tasa abonada, presentando para tal fin el modelo normalizado que se publica junto con la convocatoria.
Enlaces relacionados
Normativas relacionadas
- Resolución de 1 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Movilidad, por la que se establecen las bases y las reglas de desarrollo de las pruebas de constatación de la cualificación inicial para el ejercicio de la actividad de conductor/a profesional de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros por carretera que tendrán lugar en la Comunidad Autónoma de Galicia en desarrollo del Real decreto 284/2021, de 20 de abril
- Resolución de 26 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Movilidad, por la que se convocan las pruebas de constatación de la cualificación inicial para el ejercicio de la actividad de conductor/a profesional de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros/as por carretera, que tendrán lugar en la Comunidad Autónoma de Galicia en el año 2022, en desarrollo del Real decreto 284/2021, de 20 de abril, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera y por el que se modifica el Reglamento de la Ley de ordenación de los transportes terrestres, aprobado por el Real decreto 1211/1990, de 28 de septiembre (códigos de procedimiento IF310D/IF310E)